1 Qué es la gran invalidez
El artículo 17 de la Ley de Contrato de Trabajo (Ley 24.557) considera que un trabajador posee gran invalidez cuando su porcentaje de incapacidad es igual o mayor al 66% y le es necesaria la asistencia de un tercero en actos elementales de la vida cotidiana, como vestirse, comer, higienizarse o desplazarse.
En estos casos no solo la ART debe pagar la indemnización de ley, sino que también debe abonar de por vida una renta mensual al trabajador.
2 Qué se puede reclamar
Cuando se declara la gran invalidez, el trabajador tiene derecho a:
- indemnización por incapacidad permanente: calculada según la fórmula de la LRT
- Renta vitalicia: por la asistencia permanente de un tercero
- Prestaciones médicas: continuas y de por vida si es necesario
- rehabilitación: para maximizar la funcionalidad restante
Importante
La gran invalidez requiere un dictamen médico que certifique tanto el porcentaje de incapacidad como la necesidad de asistencia de terceros. Es fundamental contar con un abogado especializado.