CUÁNTO PAGA LA ART

Cuánto paga la ART por lumbalgia

La ART no paga "un precio por lumbar": paga según el porcentaje de incapacidad que te reconozcan y los pisos mínimos vigentes. En 2026 el piso es de $114.354.110 por cada punto de incapacidad. Te mostramos cuánto te puede tocar por una lumbalgia, qué lesiones de columna suman más y qué hacer si la ART te da de menos.

Actualizado: 2026 Lectura: 10 min Guardá esta guía

1 Cuánto paga la ART por lumbalgia

La respuesta corta: no existe un monto fijo "por lumbalgia". La ART paga una indemnización que se calcula con tu porcentaje de incapacidad, tu sueldo y tu edad, y que nunca puede ser menor al piso que fija la SRT.

💰

El piso de hoy: para los casos con incapacidad determinada entre el 1° de septiembre de 2026 y el 28 de febrero de 2027 (Resolución SRT 39/2026), el mínimo garantizado es de $114.354.110 por cada punto de incapacidad. Si te asignan un 10%, nunca podes cobrar menos de $11.435.411 (más el 20% si el accidente fue en el trabajo).

Punto clave: una "lumbalgia" como síntoma (dolor lumbar) no suma porcentaje por sí sola en el baremo vigente. Lo que se indemniza es la secuela objetiva que te haya quedado: una hernia de disco, una fractura vertebral, un compromiso radicular o una limitación de movimiento comprobada con estudios. Cuanto más grave y más comprobada sea esa secuela, mayor es el porcentaje y, por lo tanto, el monto.

Situación
Qué puede indicar
Dolor lumbar sin lesión objetiva
Por regla no genera incapacidad indemnizable en el baremo actual: exige secuela objetivada.
Lumbalgia por sobreesfuerzo laboral
Si quedó limitación o lesión de disco, sí se evalúa con estudios (RMN, EMG, goniometría).
Hernia de disco lumbar operada
El anexo del Decreto 549/2025 asigna un valor fijo del 5% de incapacidad.
Fractura vertebral lumbar con secuelas
Puede llegar a 8% (sin secuelas), 16% (con secuelas) o 24% (con pseudoartrosis).

*porcentajes a nivel explicativo. Para hacer tu cálculo personalizado, andá a

Calculadora de accidentes
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2 De qué depende el monto

Dos trabajadores con la misma lesión de columna pueden cobrar montos muy distintos. La indemnización de pago único se calcula con la fórmula del art. 14, inc. 2, ap. a) de la Ley 24.557:

🧮

Indemnización = 53 × Ingreso Base Mensual × % de incapacidad × (65 ÷ tu edad)

Dato
Qué influye
Porcentaje de incapacidad
El que determina la Comisión Médica según el baremo (Decreto 549/2025) y tus estudios, no el que "opina" la ART.
Ingreso Base Mensual (IBM)
El promedio de tu sueldo del último año, actualizado por RIPTE para que no pierda valor frente a la inflación.
Tu edad
La fórmula (65 ÷ edad) beneficia a los más jóvenes, dándoles un coeficiente mayor.
Factores de ponderación
Se suman al porcentaje base según la dificultad de tus tareas (5%, 10% o 20%) y tu edad (2% a 5%).
Piso mínimo de la SRT
Siempre se paga el mayor entre el resultado de la fórmula y el piso vigente.

*porcentajes a nivel explicativo. Para hacer tu cálculo personalizado, andá a

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⚠️

El dato que casi todos pierden: el porcentaje no lo fija la ART. Si te ofrecen un monto "estimado" antes de la evaluación de la Comisión Médica, estás negociando con un número que puede no ser el que te corresponde.

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3 Porcentajes de columna en el baremo vigente

El Baremo Laboral 2026 (Decreto 549/2025) dejó de usar rangos: casi todas las secuelas tienen un porcentaje fijo, y recién después se suman los factores de ponderación. Los valores más comunes en casos de lumbalgia laboral:

Secuela de columna lumbosacra
% Decreto 549/2025
Hernia de disco operada
5% (valor fijo; se puede sumar la limitación funcional objetivada por goniometría)
Fractura lumbar sin secuelas
8%
Fractura lumbar con secuelas
16%
Fractura lumbar con pseudoartrosis
24%
Fractura cervical sin secuelas / con secuelas / pseudoartrosis
4% / 8% / 12%

*porcentajes a nivel explicativo. Para hacer tu cálculo personalizado, andá a

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💡

Topes por sector: la suma de todas las secuelas del sector cervical no puede superar el 40%; la del sector dorsolumbar, el 60%. El dolor, por ser subjetivo, ya no suma puntos solo: por eso es clave no perderse ningún estudio ni control.

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4 Pisos mínimos vigentes

La SRT actualiza los pisos cada seis meses con el índice RIPTE. Los montos vigentes para incapacidades determinadas entre el 1° de septiembre de 2026 y el 28 de febrero de 2027 (Resolución SRT 39/2026) son:

Prestación
Monto mínimo
Indemnización por incapacidad permanente (art. 14.2, inc. a) y b)
$114.354.110 × el porcentaje de incapacidad que te asignen
Compensación adicional (art. 11.4, inc. a) — incapacidad mayor al 50%
$50.824.055
Compensación adicional (art. 11.4, inc. b) — incapacidad igual o mayor al 66%
$63.530.069
💡

Ojo con las fechas: hay estudios que todavía muestran los pisos de la Resolución anterior (15/2026), que venció el 31 de agosto de 2026. Confirmá siempre que te apliquen los valores vigentes para la fecha de tu caso.

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5 Ejemplo de cálculo

Con el piso vigente ($114.354.110) y el adicional del 20% para accidentes ocurridos en el trabajo, estos son los mínimos que la ART debe pagar por las incapacidades más comunes de columna. Si la fórmula da más, se paga la fórmula; esto es lo que nunca puede bajar:

Incapacidad asignada
Mínimo sin el 20%
Mínimo si fue en el trabajo (+20%)
5% (hernia de disco operada)
$5.717.705
$6.861.246
8% (fractura lumbar sin secuelas)
$9.148.329
$10.977.995
16% (fractura lumbar con secuelas)
$18.296.658
$21.955.989
24% (fractura lumbar con pseudoartrosis)
$27.444.986
$32.933.983

*porcentajes a nivel explicativo. Para hacer tu cálculo personalizado, andá a

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📋 Ejemplo paso a paso

Un trabajador de 40 años con un sueldo promedio de $1.200.000 sufre un accidente en el trabajo y le asignan un 10% de incapacidad por una lumbalgia con secuelas.

Paso 1 — Fórmula: 53 × $1.200.000 × 0,10 × (65 ÷ 40) = $10.335.000.

Paso 2 — Piso mínimo: $114.354.110 × 0,10 = $11.435.411.

Paso 3 — Se paga el mayor: $11.435.411 (el piso supera a la fórmula).

Paso 4 — +20% por accidente en el trabajo: $11.435.411 × 1,20 = $13.722.493.

Resultado: la ART debe pagar al menos $13.722.493 por este caso.

🧮

Calculá el tuyo: estos cálculos son orientativos. Tu caso exacto depende de tu sueldo real, tu edad y los factores de ponderación. Usá nuestra calculadora de accidentes o escribinos y lo revisamos con vos.

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6 Qué hacer si la ART paga de menos o rechaza tu lumbalgia

La lumbalgia y las patologías de columna son de los reclamos más discutidos: la ART suele alegar que el cuadro es "degenerativo", "preexistente" o "ajeno al trabajo". Ese rechazo no es definitivo, pero hay que actuar con estudios y con patrocinio letrado.

  • 1. Denunciá siempre por escrito. Que tu empleador denuncie el accidente a la ART. Si no lo hace, denuncialo vos. Guardá comprobante y toda constancia médica desde el primer día.
  • 2. Juntá tus estudios. Resonancia, electromiograma, informes del traumatólogo. El baremo actual exige secuela objetivada: sin estudios, el dolor solo no alcanza.
  • 3. No aceptes el primer porcentaje. Si la Comisión Médica te da un número que no refleja tu cuadro, se puede impugnar. Unos pocos puntos pueden ser millones de pesos de diferencia.
  • 4. Asesorarte con una abogada laboralista antes de firmar cualquier acuerdo. Todo lo que firmás vale si estás bien asesorada.
💡

Consejo: no dejes pasar el tiempo. La acción prescribe y, además, la negativa de la ART se impugna dentro de plazos acotados. Cuanto antes actúes, más rápido avanza tu reclamo.

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7 Preguntas frecuentes

Las consultas que más recibimos en el estudio sobre lumbalgia y reclamos a la ART:

¿La lumbalgia por esfuerzo laboral es una enfermedad profesional?

Si trabajás con carga, posturas forzadas o gestos repetitivos de la columna y desarrollás un cuadro de columna lumbosacra, puede encuadrar como enfermedad profesional. El Decreto 49/2014 incorporó la hernia discal lumbosacra por esas tareas. Como la ART suele rechazar estos cuadros, muchas veces el origen laboral se acredita ante la Comisión Médica o en la Justicia.

¿Cuánto me dan por una lumbalgia en el baremo actual?

La lumbalgia no tiene un porcentaje fijo en el baremo: se valora según la secuela que te quede objetivada, como una limitación funcional de la columna medida con goniometría o un compromiso radicular. Por eso los dictámenes pueden ir de unos pocos puntos hasta porcentajes mayores, y lo que define el caso son tus estudios y cómo te evalúen.

¿La ART me paga el tratamiento de la lumbalgia?

Sí, mientras el cuadro tenga origen laboral. La ART debe cubrir tratamientos, rehabilitación, estudios y medicamentos, incluso la cirugía si está indicada. La cobertura médica no se descuenta de la indemnización.

¿Qué pasa si la ART dice que mi lumbalgia es "degenerativa"?

Ese es el rechazo más común. Si tu trabajo agravó o generó la lesión, el cuadro puede ser indemnizable igual. Ese origen se discute con tus estudios médicos y, si la ART mantiene la negativa, ante la Comisión Médica.

¿Cuántos puntos me pueden dar por lumbalgia?

Solo los que estén objetivados: como el dolor no suma por sí mismo, el porcentaje surge de la secuela comprobada (hernia de disco, fractura, compromiso radicular o limitación funcional con goniometría). Por eso conviene presentarse con todos los estudios a la evaluación.

¿Te rechazaron la cobertura o te dieron de menos?

Consultá gratis con una abogada especializada en ART. Te decimos si tu reclamo tiene fundamento, sin cargo y sin compromiso.

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Ver los porcentajes oficiales

Esta guía explica el monto y el reclamo. Si lo que querés es el porcentaje de incapacidad que establece la tabla, está en:

Porcentajes de incapacidad por lesión de columna

La tabla de fracturas vertebrales, lesiones discales y limitación funcional de columna.

Tabla de lumbalgia y cervicalgia post-traumática

Cómo se valuá la columna cuando la lesión es por esfuerzo repetitivo.

Autoría y fuentes
  • Revisado por: Dra. Romina Koñiuch, Especialista en Accidentes Laborales y ART.
  • Matrícula: C.P.A.C.F. T° 124 F° 403 / C.A.S.I. T° 53 F° 331.
  • Última actualización: 28/09/2026.
  • Fuentes normativas: Ley 24.557 (Riesgos del Trabajo, art. 14 inc. 2), Ley 26.773, Ley 27.348, Decreto 549/2025 (Baremo Laboral 2026) y Resolución SRT 39/2026 (pisos mínimos 01/09/2026 - 28/02/2027).