Divergencia en el Alta Médica SRT:guía completa para trabajadores accidentados 2026

¿Conocés tus derechos frente a la ART? ⚖️

Si tuviste un accidente laboral o una enfermedad profesional y la ART no está respondiendo como debería, tenés derechos y herramientas para reclamar.

Las Comisiones Médicas de la SRT son la vía administrativa para resolver muchas de estas situaciones. En esta guía te explicamos, en un lenguaje simple:

✅ Qué derechos podés reclamar.

✅ Qué trámite corresponde según tu caso.

✅ Quién puede iniciarlo.

✅ Cuáles son los plazos para no perder derechos.

✅ Cuándo necesitás un abogado.

No dejes pasar el tiempo. Muchos trámites tienen plazos legales, y actuar a tiempo puede marcar la diferencia.

¿En qué consiste?

Se usa cuando te dieron el alta pero seguís con dolor, secuelas, o sentís que el tratamiento quedó incompleto.

Datos clave del trámite

¿Quién lo inicia? El trabajador, no requiere abogado
Plazo para iniciarlo Dentro de los 5 días hábiles posteriores al alta médica
¿Necesita abogado? No es obligatorio, pero conviene presentarse acompañado
Modalidad Presencial ante la Comisión Médica

Documentación que conviene tener a mano

El alta médica y tu DNI.

¿Cómo se inician los trámites?

La mayoría se inician online, a través del sistema de e-Servicios SRT, con tu CUIL y Clave Fiscal de AFIP nivel 3. Las excepciones son la divergencia en el alta y la divergencia en las prestaciones, que se hacen de forma presencial ante la Comisión Médica que te corresponde.

Plazos importantes

A lo largo de un reclamo por un accidente de trabajo o una enfermedad profesional, hay plazos que son muy importantes. Conocerlos puede hacer la diferencia para no perder ninguno de tus derechos.

¿Qué trámite o situación? Plazo
Tiempo que tiene la ART para rechazar el accidente o la enfermedad profesional 10 días hábiles (prorrogable por 10 días hábiles más)
Tiempo que tiene la ART para iniciar el trámite de determinación de incapacidad después del alta (Res. SRT 298/2017) 20 días desde el cese de la ILT
Si no estás de acuerdo con el alta médica, plazo para manifestar tu disconformidad 5 días hábiles desde el alta
Tiempo que tiene la Comisión Médica para dictar una resolución 60 días (prorrogable por 30 días hábiles más – Res. 5/2026)
Plazo para que se pague la indemnización una vez homologado el acuerdo o dictamen 10 días hábiles
Tiempo para apelar la resolución ante la Comisión Médica Central (art. 2, Ley 27.348) 5 días hábiles desde la notificación
Plazo máximo para iniciar el reclamo 2 años desde que la prestación debió abonarse y, en todos los casos, desde el cese de la relación laboral (art. 44, Ley 24.557)
DEJANOS TU CONSULTA
← VOLVER A COMISIONES MÉDICAS