Sí. Si utilizás la bicicleta como medio habitual para ir o volver del trabajo y sufrís un accidente durante ese trayecto, la ART debe cubrirte como accidente in itinere, conforme al art. 6 inc. a) de la Ley 24.557.
🚲 Medio de transporte: La ley no distingue si viajás en bicicleta, auto, moto, colectivo o caminando. Lo importante es que el accidente ocurra en el trayecto habitual entre tu domicilio y el trabajo.
📄 Documentación: Registrá la hora del accidente, el estado de la bicicleta, las condiciones de la calle y cualquier circunstancia que haya influido en el hecho.
⚖️ Responsabilidad de terceros: Si otro vehículo provocó el accidente, además del reclamo ante la ART, también podés reclamar contra el responsable y su aseguradora.
📝 Carga de la prueba: Si la ART sostiene que la bicicleta no era tu medio habitual, es ella quien debe demostrarlo.
💡 Consejo práctico: Hacé la denuncia cuanto antes y guardá fotos, datos de testigos y toda la documentación que permita acreditar cómo ocurrió el accidente.
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