si sufrís un accidente laboral o una enfermedad profesional.
Tu empleador está obligado a contratar una ART para cubrir los riesgos del trabajo. Si te
accidentás o desarrollás una enfermedad por tu actividad laboral, la ART tiene que hacerse
cargo de tu atención médica y de todas las prestaciones que la ley prevé, desde el primer
día.
⚖️ ¿Qué dice la ley? El art. 1 de la Ley 24.557 crea el sistema de Riesgos del Trabajo, con
el objetivo de prevenir accidentes y garantizar las prestaciones a los trabajadores que los
sufren.
📌 La ART te tiene que dar:
● 🏥 Atención médica integral, sin costo para vos.
● 💊 Medicamentos, estudios y rehabilitación.
● 💰 Prestaciones económicas mientras no podés trabajar.
● ♿ Indemnización si te queda una incapacidad.
📄 Si tu empleador no tiene ART:
● Podés reclamar directamente contra el empleador.
● No perdés ningún derecho por esa falta.
📝 Consejo práctico: Si tuviste un accidente laboral, pedí siempre el nombre de la ART de
tu empleador y hacé la denuncia cuanto antes. Si no tiene ART contratada, consultá con un
abogado antes de aceptar cualquier explicación del empleador.
Más preguntas sobre art y cobertura
- ¿Cómo denuncio un accidente ante la ART?
- ¿Qué cubre la ART en caso de accidente?
- ¿La ART me puede rechazar la denuncia del accidente?
- ¿Qué hago si la ART no me da el tratamiento que necesito?
- ¿Cuánto tiempo tengo para denunciar un accidente ante la ART?