Si la lesión es consecuencia de un accidente de trabajo o una enfermedad profesional, la ART es la responsable de cubrir la cirugía y todo el tratamiento. Tu obra social no está obligada a atender contingencias laborales.
📌 Responsabilidad exclusiva de la ART: Cubre accidentes laborales y enfermedades profesionales desde la contingencia hasta el alta médica.
📌 No mezclar sistemas: Usar tu obra social para un tratamiento que corresponde a la ART puede complicar tu reclamo y generar conflictos entre instituciones.
📌 Excepción: Si la ART rechaza el tratamiento y necesitás atención urgente, podés recurrir a tu obra social como medida temporal y después reclamarle a la ART.
📌 Importancia: Mantené siempre en claro qué sistema te cubre cada tratamiento: para accidentes laborales, siempre es la ART.
📌 Consejo práctico: Lo mejor es que la ART asuma su responsabilidad desde el inicio. Si hay conflicto entre la ART y la obra social, consultá con un abogado.