Juicio Laboral

¿Cuánto puedo sacar en un juicio a la ART?

En síntesis: Depende de tu incapacidad, tu salario y tu edad; a eso se le pueden sumar otros rubros que la ART no paga administrativamente.

Pregunta frecuente Juicio Laboral Actualizado: 26/09/2026

Respuesta revisada por las abogadas de DerechosART

En síntesis: Depende de tu incapacidad, tu salario y tu edad; a eso se le pueden sumar otros rubros que la ART no paga administrativamente.

El monto depende de varios factores. La indemnización por incapacidad permanente se calcula con la fórmula del art. 14 de la LRT: 53 × Ingreso Base Mensual × % de incapacidad × (65/edad). A eso se le pueden sumar otros rubros que solo se reclaman en juicio.

📌 Incapacidad: A mayor porcentaje, mayor indemnización. Si la incapacidad llega o supera el 66%, corresponde el régimen de incapacidad total (art. 15, LRT) más el adicional del art. 3 de la Ley 26.773.

📌 Salario: Se toma tu remuneración promedio de los últimos 12 meses, incluyendo todos los conceptos remunerativos.

📌 Edad: El coeficiente (65/edad) reduce el monto cuanto mayor seas: un trabajador joven recibe más que uno mayor con la misma incapacidad y salario.

📌 Rubros adicionales: En juicio podés reclamar daño moral, daños estéticos y otros perjuicios que puedas demostrar, además de los intereses desde la fecha del accidente.

📌 Consejo práctico: Existe un piso mínimo que la SRT actualiza cada semestre por RIPTE (actualmente $114.354.110 según la Resolución SRT 39/2026), que la ART nunca puede pagar de menos. Un abogado puede calcular con precisión el monto que te corresponde.

¿Estás en una situación parecida?

Consultá gratis con una abogada especialista en ART.