📌 Si sufriste un accidente mientras trabajabas con un contrato temporal, la duración del vínculo laboral no modifica tu derecho a la cobertura de la ART. Todos los trabajadores en relación de dependencia tienen la misma protección.
📌 Cobertura médica: La ART debe brindarte todas las prestaciones médicas necesarias, incluyendo atención, medicamentos, rehabilitación y traslados (arts. 11 y 12, Ley 24.557).
📌 Prestaciones económicas: Mientras estés imposibilitado para trabajar, tenés derecho a cobrar la incapacidad laboral temporaria y, si quedan secuelas, la indemnización correspondiente.
📌 Igualdad de derechos: El tipo o la duración del contrato no disminuyen la protección prevista por la Ley de Riesgos del Trabajo.
📌 Despido: Si el despido está relacionado con el accidente o sus consecuencias, podés ejercer las acciones legales que correspondan.
📌 Conservá la documentación: Guardá el contrato, recibos de sueldo, certificados médicos y cualquier prueba de la relación laboral.
📌 Tener un contrato temporal no significa tener menos derechos. La cobertura de la ART y las prestaciones legales son las mismas que para cualquier trabajador.
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