📌 Si sufrís un accidente durante una capacitación obligatoria organizada o exigida por tu empleador, se considera un accidente de trabajo porque ocurrió con motivo de tu actividad laboral.
📌 Cobertura de la ART: Tenés derecho a todas las prestaciones médicas, farmacéuticas, de rehabilitación y demás previstas por los arts. 11 y 12 de la Ley 24.557.
📌 Prestaciones económicas: Si el accidente te impide trabajar, también corresponde el pago de la incapacidad laboral temporaria y, si quedan secuelas, la indemnización por incapacidad permanente.
📌 Lugar de la capacitación: No importa si fue dentro de la empresa o en otro establecimiento. Si asistías por disposición del empleador, el accidente está cubierto.
📌 Horario: Aunque la capacitación se haya realizado fuera de tu horario habitual, la cobertura se mantiene si era obligatoria.
📌 Conservá la documentación: Guardá la convocatoria, certificados de asistencia y cualquier documento que acredite que participabas de la capacitación.
📌 Denunciá el accidente ante la ART como cualquier otro accidente laboral. La capacitación obligatoria forma parte de tu trabajo.
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