cubrirte.
Los accidentes que ocurren yendo o volviendo del trabajo se llaman accidentes in itinere, y
están protegidos por la Ley de Riesgos del Trabajo siempre que hayan sucedido en el
recorrido habitual.
⚖️ ¿Qué dice la ley? El art. 6 inc. a) de la Ley 24.557 considera accidente laboral al que
ocurre durante el trayecto directo y habitual entre el domicilio y el lugar de trabajo.
📌 Para que esté cubierto:
● 🏠 Tiene que haber ocurrido en el recorrido habitual.
● 🚶 No puede haber un desvío importante sin justificación.
● 🏥 La ART tiene que darte atención médica y las prestaciones que correspondan.
📄 Qué conviene hacer:
● Informar el accidente cuanto antes.
● Guardar pruebas del recorrido (testigos, fotos, GPS, cámaras).
● Denunciar ante la ART si el empleador no lo hace.
📝 Consejo práctico: Si la ART rechaza la cobertura alegando un desvío, eso no significa
que tenga razón. Un desvío menor —una parada breve en un kiosco o una farmacia, por
ejemplo— no siempre invalida la cobertura. Conservá toda la prueba posible y consultá con
un abogado.