ART y Cobertura

¿La ART me cubre si me accidenté yendo al trabajo?

Sí. Si el accidente ocurrió en el trayecto habitual entre tu casa y el trabajo, la ART tiene que

Pregunta frecuente ART y Cobertura Actualizado: 26/09/2026

Respuesta revisada por las abogadas de DerechosART

Sí. Si el accidente ocurrió en el trayecto habitual entre tu casa y el trabajo, la ART tiene que

cubrirte.

Los accidentes que ocurren yendo o volviendo del trabajo se llaman accidentes in itinere, y

están protegidos por la Ley de Riesgos del Trabajo siempre que hayan sucedido en el

recorrido habitual.

⚖️ ¿Qué dice la ley? El art. 6 inc. a) de la Ley 24.557 considera accidente laboral al que

ocurre durante el trayecto directo y habitual entre el domicilio y el lugar de trabajo.

📌 Para que esté cubierto:

● 🏠 Tiene que haber ocurrido en el recorrido habitual.

● 🚶 No puede haber un desvío importante sin justificación.

● 🏥 La ART tiene que darte atención médica y las prestaciones que correspondan.

📄 Qué conviene hacer:

● Informar el accidente cuanto antes.

● Guardar pruebas del recorrido (testigos, fotos, GPS, cámaras).

● Denunciar ante la ART si el empleador no lo hace.

📝 Consejo práctico: Si la ART rechaza la cobertura alegando un desvío, eso no significa

que tenga razón. Un desvío menor —una parada breve en un kiosco o una farmacia, por

ejemplo— no siempre invalida la cobertura. Conservá toda la prueba posible y consultá con

un abogado.

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