La Comisión Médica Jurisdiccional es el organismo de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) que interviene cuando vos y la ART no se ponen de acuerdo sobre tu incapacidad. Es la instancia administrativa previa y obligatoria antes de poder ir a juicio (art. 1, Ley 27.348). Para más detalles sobre cómo funcionan las comisiones médicas de la SRT, consultá nuestra guía completa.
⚖️ Competencia: Resuelve controversias sobre la calificación de tu incapacidad, el porcentaje según el baremo vigente (Decreto 549/2025) y las prestaciones médicas que te corresponden.
📝 Cómo se inicia: Con un reclamo presentado en la SRT, completando el formulario correspondiente y adjuntando tu documentación médica. ⏰ Plazo: Tiene 60 días hábiles administrativos para resolver, prorrogables por única vez hasta 30 días hábiles más si hace falta producir prueba (art. 3, Ley 27.348 y Resolución SRT 5/2026).
📄 Dictamen: Emite un dictamen que es vinculante para las partes, salvo que lo apeles a tiempo.
⚖️ Apelación: Si no estás de acuerdo, podés apelar ante la Comisión Médica Central dentro de los 5 días hábiles de notificado.
🆓 Gratuidad: El trámite es completamente gratuito para vos.
💡 Consejo práctico: Antes de presentar el reclamo, reuní toda tu documentación médica. Cuanto más completa esté, más rápido y mejor se resuelve tu caso.
Más preguntas sobre comisión médica
- ¿Cómo se presenta un reclamo ante la Comisión Médica?
- ¿Cuánto tiempo tengo para apelar la calificación de incapacidad?
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- ¿La ART me puede rechazar el reclamo si no voy a la pericia médica?
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