La prescripción de la indemnizacion es el plazo legal que tenés para reclamar: si se vence sin que hagas nada, perdes el derecho. Conviene conocerlo y no dejarlo pasar.
Plazo general: 2 años (art. 44, LRT), contados desde la fecha en que la prestacion debio pagarse, o desde el cese de la relacion laboral, lo que corresponda según el caso.
Como se cuenta según el caso:
- Accidente de trabajo: desde el alta médica o desde la determinación definitiva de la incapacidad, según la instancia.
- Enfermedad profesional: en general desde el diagnostico o desde que tomaste conocimiento de la relacion entre la enfermedad y tu trabajo.
- Interrupción: un reclamo administrativo firme puede interrumpir el plazo, volviendo a correr desde cero.
Recomendacion: no dejes pasar el tiempo. Si estas cerca del vencimiento, inicia las acciones cuanto antes; no conviertas una discusion de monto en una perdida por prescripción.
Relacionado: la pregunta de si la ART te pago de menos te muestra el camino para reclamar dentro del plazo, y la de plazos generales del tramite te ordena los tiempos.
Consultanos lo antes posible para confirmar si tu caso esta dentro del plazo legal: aca no conviene esperar.
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