El baremo vigente (Decreto 549/2025) fija un porcentaje fijo sin rangos según el dedo y el nivel exacto de la amputación.
Pulgar:
📌 A nivel de la articulación trapeciometacarpiana: 40% (el valor más alto)
📌 A nivel del metacarpiano: 35%
📌 A nivel de la articulación metacarpofalángica: 30%
📌 A nivel de la falange proximal: 25%
📌 A nivel de la interfalángica: 15%
📌 A nivel de la falange distal: 8%
📌 A nivel del pulpejo (sin lesión ósea): 2%
📌 Con transferencia de rayo: 37%
Índice, mayor, anular o meñique:
📌 A nivel del carpo: 15%
📌 A nivel del metacarpiano: 11%
📌 A nivel de la articulación metacarpofalángica: 10%
📌 A nivel de la falange proximal: 9%
📌 A nivel de la interfalángica proximal: 8%
📌 A nivel de la falange media: 7%
📌 A nivel de la interfalángica distal: 6%
📌 A nivel de la falange distal: 3%
📌 A nivel del pulpejo (sin lesión ósea): 1%
📌 Con transferencia de rayo: 12%
Amputaciones múltiples:
📌 Los cinco dedos, a nivel del carpo o metacarpofalángico: 50% (equivale a la pérdida funcional de la mano)
📌 Los cuatro dedos sin el pulgar a nivel metacarpofalángico: 40%
Contanos exactamente qué dedo y a qué altura fue la amputación, y te confirmamos el porcentaje preciso.