ART.
Si el accidente laboral te impide trabajar de manera temporaria, la ART tiene que abonarte
esa prestación económica hasta que recibas el alta médica o se determine que te queda
una incapacidad permanente.
⚖️ ¿Qué dice la ley? Los arts. 13 a 16 de la Ley 24.557 regulan las prestaciones
dinerarias durante la incapacidad laboral temporaria y permanente.
📌 Durante ese período:
● 💰 Cobrás la prestación económica prevista por la ley.
● 🏥 La ART sigue a cargo de tu tratamiento médico.
● 📄 El pago continúa hasta el alta o hasta la determinación de la incapacidad.
📝 Consejo práctico: Controlá que los pagos lleguen en tiempo y forma. Si hay demoras o
diferencias, guardá los recibos y reclamá de inmediato: no dejes que se acumulen los
meses sin hacer el reclamo formal.