Comisión Médica

¿Qué hago si la ART me da de alta sin estar curado?

No aceptes el alta: presentá la divergencia ante la Comisión Médica dentro de los 5 días hábiles, con tus informes médicos.

Pregunta frecuente Comisión Médica Actualizado: 26/09/2026

Respuesta revisada por las abogadas de DerechosART

No aceptes el alta: presentá la divergencia ante la Comisión Médica dentro de los 5 días hábiles, con tus informes médicos.

Si la ART te da el alta y seguís con dolor o limitaciones, no la aceptes: presentá el trámite de divergencia con toda tu documentación médica.

🚫 No la aceptes: El alta no es definitiva mientras esté dentro de plazo para impugnarla. ⏰ Plazo perentorio: Tenés 5 días hábiles para impugnar el alta ante la Comisión Médica (Resolución SRT 5/2026), contados desde la notificación fehaciente.

📝 Reclamo: Presentá el trámite de divergencia ante la Comisión Médica Jurisdiccional con todos tus informes médicos.

📁 Documentación: Adjuntá informes de tu médico tratante, especialistas y estudios que demuestren que seguís con secuelas.

💵 Mientras se resuelve: Si presentás la divergencia dentro del plazo, el alta queda en suspenso y seguís cobrando el subsidio por incapacidad temporaria.

⚖️ Asesoramiento: Consultá con un abogado especialista para que te acompañe en el trámite.

💡 Consejo práctico: El alta médica no es definitiva si la impugnás dentro del plazo. No dejes pasar los 5 días hábiles.

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